Reunión en Trabajo sobre justificación dietas en el sector transporte
Este jueves 13 de Enero se ha celebrado en la sede del Ministerio de Trabajo una reunión de las federaciones nacionales de transporte con el Director General de Inspección de Trabajo, D. Demetrio Vicente Mosquete.
En esta reunión se han abordado los problemas acaecidos en relación a la previsión contenida en la Disposición Final Tercera del R.D. 1804/2008, de 3 de noviembre que establece que desde el día 1 de enero de 2008 los conductores de los vehículos dedicados al transporte de mercancías por carretera no precisan justificación en cuanto al importe de los gastos de estancia, siempre que no excedan de 15€ diarios para desplazamientos dentro del territorio español, o de 25€ diarios para desplazamientos en territorio extranjero.
Durante la reunión se le ha expuesto al Director General que el criterio de interpretación relativo a este asunto dictado por el Ministerio de Trabajo no se está aplicando por la Inspección de Trabajo en Comunidades Autónomas como Cataluña y Valencia, siendo muy rigurosa la exigencia de justificación de gastos de los conductores.
Desde la Dirección General de Inspección de Trabajo se ha justificado tal exigencia de acreditación de gastos porque se han detectado casos de abono de dietas incluso en períodos de vacaciones de los conductores. Muchos de estos asuntos se encuentran recurridos ante los Tribunales y a fecha de hoy hay un asunto pendiente de resolver ante el Tribunal Supremo.
Ante esta situación, todas las partes consideran necesaria una reforma normativa que fije de forma definitiva este asunto, por cuanto cualquier pronunciamiento del Ministerio de Trabajo e Inspección de Trabajo tendría que ser consultado y consensuado con el Ministerio de Hacienda e Inspección de Hacienda.
Por parte de las organizaciones de transportistas se ha insistido en la necesidad de tener la suficiente seguridad jurídica para las empresas transportistas y la flexibilización de los medios de prueba. Así, para la acreditación de los transportes nacionales y en el extranjero, y ante la dificultad para la justificación de estas dietas, debido a que hay vehículos exentos del uso del tacógrafo, se sugiere proponer como medios de prueba los siguientes: Documento de control, CMR, etc.
Por último se ha acordado proponer una reunión con representantes de los tres Ministerios a los que les afecta esta aplicación normativa: Ministerio de Fomento, Ministerio de Trabajo y Ministerio de Hacienda, a fin de coordinar una interpretación y aplicación uniforme.