PUBLICADO EN EL BOE EL DECRETO QUE EXCEPTUA DETERMINADOS TRANSPORTES DE LA APLICACIÓN DEL TACOGRAFO     En el Boletín Oficial del Estado del pasado 26 de Mayo de 2007 se ha publicado el Real Decreto 640/2007,  de 18 de Mayo por el que se establecen excepciones en el uso del tacógrafo en el sector del transporte por carretera, desarrollando el Reglamento de la Unión Europea 561/2006 sobre tiempos de conducción y descanso.
Dicho Decreto establece los transportes que van a quedar exceptuados de la aplicación del tacografo, además de los que ya recoge el Reglamento 561/2006 de los que destacamos:
1º) Transportes postales en vehículos de hasta 7’5 toneladas de MMA y que hagan recorridos en un radio no superior a 50 kilómetros.
2º)  Transporte de basuras, alcantarillado, agua, gas, electricidad y otros servicios similares.
3º)  Transporte de eliminación de residuos de carácter urbano (por ejemplo, escombros en un radio no superior a 50 kilómetros)
4º)   Transporte de recogida de leche en granjas en su radio de hasta 100 kilómetros.
5º)  Transporte de animales en granjas, mercados locales o mataderos en un radio de hasta 50 kilómetros. En el caso del transporte de recogida de leche en granjas se limita a 100 kilómetros.
6º) Transporte de material de circo, atracciones de feria y exposiciones móviles instaladas en el vehículo.
7º)  Transporte de fondos y objetos de valor en vehículos blindados.
8º)  Transporte en vehículos propulsados por gas o electricidad de hasta 7’5 toneladas de MMA en un radio de hasta 50 kilómetros.
9º)  Transporte para obtención del permiso de conducir.
10º)  Transportes privado complementario de material y maquinaria utilizado por el conductor en el ejercicio de su profesión, en vehículos de hasta 7’5 toneladas MMA en un radio de hasta 50 kilómetros.
11º)  Transportes realizados en recintos cerrados (puertos, aeropuertos y estaciones de tren).
12º) Transportes realizados en islas de hasta 1.500 kilómetros cuadrados. Ello implica que además de Mallorca, en la que se exigía el tacógrafo,  a partir de ahora se exigirá el tacógrafo a los transportes desarrollados en Gran Canaria, Tenerife y Fuerteventura, aunque se establecen períodos transitorios en función de la matrícula del vehículo hasta Agosto de 2009.

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