Publicada en el BOE la relación de beneficiarios de Ayudas al Abandono de la Actividad.
En el día de hoy ha sido publicada la Orden FOM/2131/2008 por la que se otorgan las ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad, cuyas solicitudes fueron presentadas a lo largo del pasado mes de enero.

Los beneficiarios de estas ayudas dispondrán como fecha límite el día 15 de septiembre para aportar el resto de la documentación precisa para proceder al cobro de la subvención, en concreto:

–         Declaración responsable de abandono definitivo de la actividad.
–         Declaración responsable, en su caso, comprometiéndose a no utilizar el título de capacitación.
–         Certificado de baja de las autorizaciones de transporte por renuncia al ejercicio futuro de la actividad.
–         Renuncia definitiva a los permisos de conducir vehículos de más de 3500 kg de MMA y/o autobús.

Además, se aportarán aquellos otros documentos que pudieran ser requeridos en el escrito que el Ministerio de Fomento remitirá a los beneficiarios de las ayudas.

Próximamente, en la página web del Ministerio de Fomento se publicarán los Anexos II y III en los que se relacionan los expedientes desestimados y las causas de la desestimación.

Contra la desestimación de las ayudas podrá en su caso, interponerse recurso de reposición ante la Ministra de Fomento o bien, directamente contencioso administrativo.
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