Publicada en el BOE la Orden del Ministerio de Trabajo sobre el régimen de autónomos de la Seguridad Social con importantes novedades.

Os informamos que en el BOE del pasado 7 de diciembre se ha publicado la Orden TAS/3553/2007 de 30 de noviembre del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, por la que se modifica la Orden de 24 de Septiembre de 1970, en la que se dictan normas para la aplicación y desarrollo del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

El nuevo contenido es el siguiente:

·        Las personas incluidas en el campo de aplicación de este Régimen Especial podrán cambiar dos veces al año la base por la que viniesen obligadas a cotizar, eligiendo otra. Las fechas de solicitud serán antes del día 1 de Abril, con efectos 1 de Julio, y 1 de Octubre, con efectos 1 de Enero del año siguiente.

·        Los mayores de cincuenta años podrán hacerlo en las mismas fechas, pero tan sólo dentro de los límites que establezca en cada caso la Ley de Presupuestos para el año.

  • Los cotizantes podrán solicitar asimismo que su base de cotización se actualice automáticamente en el mismo porcentaje que aumenten dichas bases.

 

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