Desde este lunes 14 de Junio los autónomos y PYMES podrán solicitar préstamos directos al Instituto de Crédito Oficial,  que se realizará a través de Internet.
El importe máximo será de 200.000 euros y podrá destinarse tanto a inversión como a necesidades de liquidez.

Como ya informó FENADISMER el pasado mes de mayo, ICODIRECTO es el nuevo producto de financiación desarrollado por el Instituto de Crédito Oficial dirigido a financiar proyecto de inversión y necesidades de liquidez de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) y de los autónomos, que estará vigente desde este lunes 14 de junio a las 14 horas hasta el 31 de Diciembre de 2011. La antigüedad mínima para poder solicitarlo debe ser de un año, a partir de la fecha de constitución, en el caso de una empresa o desde la fecha de alta en el Régimen General de Autónomos en el caso de autónomos, y el importe máximo a solicitar por cliente es de hasta 200.000 euros, en una o varias operaciones, teniendo en cuenta que se puede financiar hasta el 100% del proyecto de inversión (incluido IVA o impuesto similares indirectos que debe pagar el cliente para adquirir los bienes) o de las necesidades de liquidez.

Existen dos modalidades de financiación:

a)     Inversión:

·        Activos fijos productivos: nuevos y de segunda mano.
·        Adquisición de vehículos turismos, cuyo precio (incluido IVA o Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C) no supere los 24.000 euros.
·        Adquisición de empresas.
·        Leasing (incluido el impuesto de matriculación de vehículos).

La inversión a financiar no podrá tener una antigüedad superior a un año y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 1 mes a contar desde la fecha de firma de la financiación.

Se tendrá que justificar documentalmente si el préstamo solicitado se destina a financiar una inversión.

En todo caso, no se financian bajo esta modalidad de inversión: reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, cualesquiera otros impuestos vinculados a la inversión, ni el circulante.

b)     Liquidez:

Necesidades puntuales de tesorería o liquidez, sin necesidad de justificación del destino de los fondos.

En cuanto a los plazos de amortización, el cliente podrá elegir entre las siguientes posibilidades de plazo de amortización y carencia de principal según la modalidad elegida:

·        Inversión:

–          7 años, con 2 años de carencia del pago del capital inicial.

·        Liquidez:

–          3 años con 1 año de carencia para el pago del capital inicial.

El tipo de interés aplicado será el tipo variable, Euribor 6 meses más 3’5% y se cobrará una comisión de apertura del 0’5% sobre el importe solicitado, con un mínimo de 60 euros. Asimismo se podrá solicitar una amortización anticipada siempre que coincida con una fecha de renovación de intereses, a solicitud del cliente en la entidad de crédito donde se formalizó el préstamo, sin ninguna penalización. El leasing no admite cancelación anticipada.

La tramitación se realizará informáticamente a través del portal de Facilitador Financiero, al que se accede a través de la página web: www.facilitadorfinanciero.es. Asimismo hay un Teléfono de Atención al Cliente 900 567 777 en el que se podrá resolver cualquier duda y se recibirá asesoramiento sobre el proceso de cumplimentación de la solicitud.

Las operaciones que resulten aprobadas se formalizarán a través de las entidades: BBVA y Banco Santander, que se pondrán en contacto con los clientes para iniciar el proceso de formalización de la operación. Se hará un análisis de cada solicitud de operación desde un punto de vista de riesgo de crédito con objeto de verificar si la misma cumple con los requisitos mínimos exigidos (solvencia, rentabilidad, …) para su tramitación por ICOdirecto. Para realizar dicho análisis puede ser necesario aportar documentación adicional o garantías para soportar dicha operación, en cuyo caso recibirá un correo electrónico en el que se detallará la información que debe aportar y los pasos a seguir. Asimismo el ICO solicitará a los clientes aportar las garantías que considere oportunas para el buen fin de la operación (hipotecarias, personales, avales, etc).

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