• Los datos correspondientes al pasado mes de Abril del Observatorio permanente de la morosidad y los pagos en el sector del transporte por carretera en España que elabora mensualmente Fenadismer evidencian una consolidación en la reducción en los plazos de pago a los transportistas hasta los 67 días de media.
  • Sin embargo, aún un 23% de las empresas incumplidoras pagan inadmisiblemente a más de 120 días.

 

El régimen sancionador de lucha contra la morosidad en el sector del transporte por carretera aprobado a finales de 2021, unido a la actividad llevada a cabo por los Servicios de Inspección de Transporte en este ámbito, están contribuyendo de forma decisiva a mejorar de forma sustancial la situación de los plazos de pago a los transportistas, que si bien aún no se ha alcanzado el objetivo de que todos los cargadores e intermediarios cumplan íntegramente los plazos máximos marcados por la legalidad vigente, esto es, un máximo de 60 días desde la prestación del servicio, sin embargo, se observa una tendencia muy positiva de reducción de los plazos en comparación con otros sectores de actividad, que llegan a triplicarse e incluso cuadruplicarse.

Así, el pasado mes de Abril se situó en 67 días de media, 2 días menos que en le mes anterior, como ha constatado el Observatorio permanente de la morosidad y los pagos en el sector del transporte por carretera que FENADISMER continúa elaborando mensualmente en colaboración con la Fundación Quijote para el Transporte.

Además se consolida la tendencia iniciada el mes pasado de que el número de empresas cargadoras e intermediarios que cumplen la legislación sobre morosidad son superiores a las que incumplen, en concreto un 51% frente al 49% respectivamente, aunque de éstas un 23 % siguieron pagando inadmisiblemente a más de 120 días, esto es, a más de 6 meses. En cuanto a los medios de pago que son utilizados más habitualmente para el pago de los servicios de transporte, continúan siendo por este orden la trasferencia (69%), seguido del confirming (26%), el pagaré (4%)  y el cheque (<1%).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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