El Ministerio de Trabajo elabora una Orden sobre el régimen de autónomos de la Seguridad Social con importantes novedades.

Os informamos que próximamente el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales aprobará una Orden Ministerial, que ha sido valorada positivamente por UPTA, por la que se modifica la Orden de 24 de Septiembre de 1970, por la que se dictan normas para la aplicación y desarrollo del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

El nuevo contenido es el siguiente:

  • Las personas incluidas en el campo de aplicación de este Régimen Especial podrán cambiar dos veces al año la base por la que viniesen obligadas a cotizar, eligiendo otra. Las fechas de solicitud serán antes del día 1 de Abril, con efectos 1 de Julio, y 1 de Octubre, con efectos 1 de Enero del año siguiente.
  • Los mayores de cincuenta años podrán hacerlo en las mismas fechas, pero tan sólo dentro de los límites que establezca en cada caso la Ley de Presupuestos para el año.
  • Los cotizantes podrán solicitar asimismo que su base de cotización se actualice automáticamente en el mismo porcentaje que aumenten dichas bases.
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