Multas por no visar en el estado de alarma
Los transportistas multados en carretera por no haber visado sus autorizaciones pese al estado de alarma
- Pese a que la declaración de alarma conllevó la suspensión de la actividad administrativa, incluido el visado de las autorizaciones de transporte de más de 30.000 autónomos y empresas transportistas, los agentes de control en carretera están sancionando a los transportistas por tener caducadas sus autorizaciones con multas de 4.000 euros.
- A la espera de que el Ministerio de Transportes apruebe por Decreto Ley este martes 23 un nuevo régimen extraordinario para realizar el visado, la Subdirección de Inspección ha dictado una Instrucción aclaratoria a los Agentes de Tráfico en la que les comunica que las autorizaciones no visadas se alarga su validez al menos cuatro meses y en consecuencia no deben ser objeto de sanción.
Como ha venido informando FENADISMER, la declaración del estado de alarma durante los últimos tres meses ha afectado de forma importante al visado de las autorizaciones de transporte de mercancías por carretera ya que, conforme al calendario fijado en su día por el Ministerio de Transportes, en concreto a más de 30.000 autónomos y empresas de transporte que deberían haber realizado el visado los pasados meses de Marzo, Abril y Mayo, pero que no pudo llevarse a cabo por la suspensión de los plazos administrativos y la ralentización de la actividad de la mayoría de las Administraciones Públicas.
Para resolver este problema, el Ministerio de Transportes ha anunciado su intención de aprobar en el Consejo de Ministros del próximo martes 23 un Decreto Ley por el que se establecerá un régimen extraordinario para realizar el visado de las autorizaciones de transporte, previsiblemente de un año más, aunque habrá que esperar al texto que finalmente se apruebe y en qué situación quedarían aquellas empresas que hubieran visado en el período anterior al estado de alarma y se les hubiera revocado sus autorizaciones por no cumplir los requisitos, ya que en ese caso encontrarían en una situación de agravio, de igual modo que aquellos que durante estos meses hayan realizado dicho trámite, obligándoles a ponerse al día de todas sus deudas administrativas y sancionatorias pendientes.
En todo caso, sea cual sea la solución que finalmente se adopte, como ya venía advirtiendo FENADISMER la actual situación de indefinición legal está trayendo como consecuencia que los transportistas afectados por esta situación ya estén siendo sancionados en carretera por presuntamente carecer de autorización al estar revocada sus autorizaciones por falta de visado, con multas por infracción muy grave de 4.001 euros. Junto a ello, también están teniendo numerosos problemas al acudir a cargar a las plataformas logísticas o puntos de carga, ya que se les está denegando la realización del servicio al encontrarse la autorización caducada por falta de visado.
Para paliar transitoriamente esta situación, según ha podido conocer FENADISMER, la Subdirección General de Inspección del Ministerio de Transportes ha remitido una Instrucción dirigida a la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en la que les comunica que como consecuencia de la declaración del estado de alarma y la suspensión de los plazos administrativos, una vez reanudados procede ampliar la vigencia de las autorizaciones no visadas en Marzo, Abril y Mayo en cuatro meses adicionales, esto es, hasta el 31 de Julio, 31 de Agosto y 30 de Septiembre respectivamente. En todo caso, la Nota aclaratoria concluye señalando que: “En tanto en el Registro, al realizar la consulta, no aparezca la fecha de baja de la autorización, no debe considerarse que no se ha realizado el visado de esa autorización dado que en estos momentos las administraciones no están al día en la tramitación de expedientes”.