• La solicitud responde al anuncio de la Diputación de Guipúzcoa de mantener el cobro del peaje hasta que el Tribunal Supremo resuelva el recurso de casación que en su caso plantee.

• Asimismo Fenadismer recomendará a los transportistas españoles y extranjeros que conserven las facturas de los peajes y multas indebidamente cobrados para su reclamación una vez sea firme la sentencia.

Este jueves 19 de Abril, FENADISMER, junto con las restantes asociaciones que componen el Comité Nacional de Transporte por Carretera, han analizado y debatido sobre las consecuencias de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco el pasado 9 de Abril por la que anula la norma foral promovida en su día por la Diputación General de Guipúzcoa y aprobada por sus Juntas Generales en la que se establecía un peaje exclusivamente dirigido a los más de 10.000 camiones que diariamente transitan tanto por la N-1 (Autovía Madrid-Irún) como por la A-15 (Autovía de Navarra a Guipúzcoa), afectando principalmente a los transportistas de larga distancia que utilizan dichas vías como tránsito obligado hacia el resto de Europa.

Ante todo, debe quedar claro que el posible recurso que planteen la Diputación de Guipúzcoa no supone una apelación en segunda instancia, sino que la única instancia judicial posible es la del recurso en casación ante el Tribunal Supremo, cuyos fundamentos de interposición son limitados, ya que la Administración recurrente deberá justificar “interés casacional objetivo” para que el recurso sea admisible. En este aspecto, FENADISMER considera que la sentencia está lo suficientemente motivada y fundamentada en la normativa europea sobre tarificación de las carreteras, que no suscita problema interpretativo alguno que revista interés general para motivar su conocimiento por el Tribunal Supremo.

Además, ante la decisión de la Diputación de Guipúzcoa de mantener el cobro del peaje anulado, lo que supone un claro ejemplo de voracidad recaudatoria, las asociaciones de transportistas han acordado solicitar a cada uno de los partidos políticos que componen las Juntas Generales de Guipúzcoa para que acuerden la suspensión provisional de la aplicación del peaje a camiones hasta que el Tribunal Supremo resuelva lo que proceda.

No obstante lo anterior, en el caso de que tal suspensión no fuera acordada por las Juntas Generales, las asociaciones de transportistas estudiarán la posible solicitud de ejecución provisional del fallo judicial una vez haya sido presentado el recurso de casación, tal y como establece la vigente legislación contencioso-administrativa.

En relación a la posibilidad de recuperar todo el importe recaudado, FENADISMER recomienda a todos los transportistas afectados que conserven tanto las facturas de los peajes abonados como de las sanciones impuestas a los transportistas que no se registraron en su día en el nuevo sistema declarado ahora ilegal.

Asimismo, dado el importante porcentaje de transportistas extranjeros que también circulan por las carreteras sometidas a peaje, especialmente portugueses, FENADISMER informará asimismo a sus asociaciones homólogas europeas sobre las consecuencias judiciales del fallo judicial, a fin de que transmitan a sus asociados la conveniencia de recopilar todos los pagos de peajes y multas abonadas, para su posterior reclamación una vez que la sentencia estimatoria sea declarada firme.

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