La Justicia declara nulas las restricciones a la circulación de Navarra
La Justicia falla en contra de las pretendidas competencias de Navarra para establecer restricciones a la circulación de vehículos en su ámbito territorial.
El Gobierno de Navarra aprobó restricciones a la circulación de camiones en 2014 y 2015.
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra, mediante sendas sentencias dictadas el pasado mes de septiembre, ha resuelto declarar nulas las Resoluciones aprobadas por el Gobierno de Navarra en los años 2014 y 2015 por las que se establecían restricciones anuales a la circulación de camiones en la Comunidad Foral, al entender que dichas regulaciones “vulneran el régimen de competencias establecido en el ordenamiento español”.
Así, a diferencia de las competencias en materia de regulación del tráfico que ostentan las Comunidades Autónomas de Cataluña y País Vasco, en base a una delegación del Estado mediante los Reales Decretos 3256/1982 y 391/1998 respectivamente, en el caso de Navarra dichas resoluciones fueron dictadas sin tener competencias delegadas, sino basadas en una pretendida competencia recogida en su Estatuto de Autonomía, que atribuye al Gobierno Foral competencias en materia de infraestructuras de carreteras así como a sus competencias históricas en materia de policía de carretera, “pero no de regulación y ordenación del tráfico” como señala expresamente el Tribunal Superior de Navarra.
El Gobierno de Navarra ha decidido reaccionar frente a dichas sentencias judiciales, acordando el pasado miércoles presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, al entender que los fallos son “lesivos” para la Comunidad Foral por “no ser conformes” a la delimitación de competencias recogido en la Constitución ni en las Leyes forales de carreteras y de policía.