La Comisión Nacional de la Competencia requiere al Ministerio de Fomento previo a la impugnación judicial del ROTT por el requisito de antigüedad máxima para acceder al sector.
- La CNMC considera innecesaria y desproporcionada la exigencia de una antigüedad máxima de 5 meses a los vehículos para quienes accedan por primera vez al sector del transporte.
- Fenadismer insiste en que la exigencia de una antigüedad máxima tanto para el acceso como para la renovación de la flota de los que ya operan en el sector contribuye a la mejora del medio ambiente y de la seguridad vial.
Como se recordará, el pasado mes de marzo la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) emitió un Informe en relación al nuevo Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres aprobado por el Gobierno el pasado mes de Febrero, considerando “innecesaria y “desproporcionada” la exigencia de una antigüedad máxima de cinco meses para la obtención de la autorización de transporte para quienes pretenden acceder por primera vez al sector, lo que supondría a su juicio una clara vulneración de la Ley de Garantía de Unidad de Mercado.
En este sentido, y según la información a que ha tenido acceso FENADISMER, la CNMC ha acodado remitir un requerimiento al Ministerio de Fomento previo a la interposición del recurso especial previsto en la legislación contencioso-administrativa, lo que supondría la impugnación por este organismo regulador del nuevo ROTT.
En todo caso, cabe recordar que no es la primera vez que la Comisión Nacional de la Competencia impugna la normativa española reguladora del régimen de acceso a la actividad del transporte de mercancías por carretera, dentro de su política ultraliberalizadora, ya que en abril de 2016 impugnó dos normas del Ministerio de Fomento ante la Audiencia Nacional por similares motivos, en las cuales FENADISMER pudo personarse en defensa de los legítimos intereses de las empresas transportistas españolas y por la necesaria ordenación del sector, y que aún están pendientes de resolución judicial.
Frente a la posición mantenida por la CNMC, FENADISMER considera que dicho requisito se ajusta a la legalidad vigente, como ya tuvo ocasión de analizar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia de Febrero de 2018 contraria al requisito antes exigido de flota mínima para acceder al transporte de mercancías por carretera, sin que planteara objeción alguna al tema de la antigüedad máxima de los vehículos.
En este sentido, debe tenerse en cuenta que la edad media actual de la flota española de transporte por carretera arroja unos datos altamente preocupantes como consecuencia de la crisis económica que padeció nuestro país desde 2008, lo que se ha traducido en que en la actualidad la media de edad casi duplica la existente en 2007, en concreto 13 años para los vehículos rígidos, 7’5 años para cabezas tractoras y 9 años en el caso de los vehículos ligeros.
Por todo ello, FENADISMER considera imprescindible mantener este requisito, ya que la exigencia recogida en el nuevo ROTT de una antigüedad máxima tanto a los que acceden por primera vez como la obligación de rejuvenecer sus vehículos a los que ya operan en el sector y pretender renovar o ampliar su flota, incide de forma muy positiva tanto en la reducción y mejora de los índices de siniestralidad vial que soporta nuestro sector, afortunadamente muy positivos en los últimos años según los datos de la DGT, así como por la contribución a la mejora medioambiental de nuestro entorno en materia de reducción de emisiones, principios ambos que persiguen las políticas europeas en la materia.
Así una pretendida eliminación del requisito de antigüedad como propugna la CNMC, chocaría frontalmente con las políticas que desde la Comisión Europea se están promoviendo y que presionan al Gobierno español para introducir medidas administrativas de diversa índole tendentes a la mejora medioambiental, por lo que resultaría contradictorio cuando para uno de los sectores clave en las políticas medioambientales se aprobasen normas tendentes a contravenir dichos objetivos.