• Tras la sentencia del Tribunal Supremo dictada en Octubre de 2018 contra los dirigentes políticos catalanes por el proceso independentista, durante más de un mes se produjeron bloqueos diarios en más de una decena de ocasiones, provocando importantes perjuicios económicos a los más de 20.000 transportistas que diariamente cruzan la frontera.

 

  • La Proposición de Ley de Amnistía presentada este lunes en el Congreso de los Diputados para su tramitación podría beneficiar a los causantes de estos disturbios.

 

Como se recordará, tras la publicación en Octubre de 2018 de la sentencia del Tribunal Supremo por la que se condenaba a los principales dirigentes catalanes por el proceso independentista, en los siguientes días se produjeron importantes altercados y disturbios en las vías públicas, afectando entre otras, a  las principales carreteras catalanas, lo que ocasionó importantes perjuicios a la actividad del transporte por carretera.

 

Así, fueron especialmente significativos y preocupantes los sucesivos cortes indiscriminados que se produjeron en la autopista AP-7 en diferentes puntos de la vía, especialmente en la frontera de la Junquera, que durante al menos un mes sufrió más de una decena de cortes diarios,  en algunos casos de más de 30 horas de duración, lo  que afectó a los más de 20.000 transportistas que diariamente transitan por dicha vía esencial para la comunicación con el resto de Europa, con pérdidas millonarias, lo que llevó a Fenadismer, junto con las restantes organizaciones nacionales de transportistas, a presentar en su día la correspondiente denuncia ante la Fiscalía General del Estado.

 

Sin embargo, la proposición de Ley de Amnistía que se ha presentado este lunes 13 en el Congreso de los Diputados podría beneficiar a los causantes de estos disturbios, al prever su aplicación, como señala su exposición de motivos, a todos aquellos delitos que se hubiesen cometido entre el 1 de enero de 2012, año en el que comenzaron a desarrollarse los hechos del proceso independentista hasta este mismo mes de noviembre, al abarcar no solo la organización y celebración del referéndum de independencia, sino también otros posibles delitos que guardan conexión con los mismos, entre otros, las diferentes acciones de protesta para permitir su celebración o mostrar oposición al procesamiento o condena de sus responsables, como así aconteció en los sucesivos bloqueos de las carreteras catalanas.

 

De hecho el artículo primero de la ley señala que serán amnistiados, entre otros, los desórdenes públicos u otros actos contra el orden y la paz pública que hubieran sido ejecutados con el propósito de mostrar apoyo a los objetivos y fines del proceso independentista así como a los encausados o condenados por tal causa.

 

 

 

 

 

 

 

 

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