Francia aprueba el Decreto que regula como colocar las señales de ángulos muertos en camiones y buses
- Un nuevo Decreto del Gobierno francés aprobado este martes 5 de Enero establece como deben colocarse las señales identificativas de ángulos muertos en todos los camiones y conjuntos de vehículos de más de 3.5 tns y autobuses que circulen por las carreteras francesas desde este mes Enero.
- Para dar cumplimiento a la nueva obligación, que afectará a la mayor parte de los cien mil camiones españoles que operan en la Unión Europea, FENADISMER a través de su servicio de asistencia internacional a transportistas FENAGEST facilitará dichas señales a unos precios muy asequibles.
Como ya ha venido informando FENADISMER, desde este mes de Enero ha entrado en vigor la nueva obligación establecida en el Código de la Circulación francés, por la que todos los vehículos de transporte de mercancías y conjuntos de vehículos más de 3.5 toneladas así como autobuses que circulen por las carreteras francesas deben estar equipados con una señalización de advertencia que indique la posición de sus ángulos muertos.
El objetivo de esta señalización es permitir que los otros usuarios de la vía (conductores de turismos, motoristas y ciclistas, entre otros) comprendan mejor la existencia y posición de puntos ciegos en los vehículos de transporte pesados.
Asimismo, como ya anticipó FENADISMER, este martes 5 de Enero el Gobierno francés ha aprobado el Decreto que desarrolla dicha previsión legal, estableciendo los requisitos y forma de instalación de las señales identificativas del siguiente modo:
–Como deben colocarse la señales: cada señal puede fijarse al vehículo mediante pegado o remachado o cualquier otro medio de fijación a la carrocería, debiendo llevarlos tanto en los laterales del vehículo como en la parte trasera.
–A que distancia deben colocarse: en los vehículos de motor (camiones, cabezas tractoras y autobuses) la señalización debe ir en el primer metro antes del vehículo, excluidas las superficies de vidrio, a izquierda y derecha, y a una altura de entre 0,90 y 1,50 metros del suelo. En los semirremolques debe colocarse una señal, a la izquierda y a la derecha, en el primer metro detrás del pivote principal del vehículo y en un altura entre 0,90 y 1,50 metros del suelo, y en el caso de los remolques la señalización debe ir en el primer metro de la parte delantera de la carrocería del vehículo, a la izquierda y a la derecha, y a una altura entre 0,90 y 1,50 metros del suelo.
–Como deben colocarse en casos excepcionales: Los vehículos de motor y los vehículos remolcados, para los que es técnicamente imposible cumplir el requisito de altura de la señalización desde el suelo, deberán estar equipados con señales colocadas a la altura más alta. lo más cercano posible a lo indicado anteriormente y dentro del límite de 2,10 metros.
Los vehículos con sistemas de visión directa en la parte inferior de las puertas o puertas de vidrio deberán estar equipados con señales colocadas a una distancia de la parte delantera del vehículo lo más cercana posible a lo indicado anteriormente y dentro del límite de 3 metros. Se podrá prescindir de la distancia de 3 metros cuando la estructura del vehículo no permita la colocación de la señalización de acuerdo con lo dispuesto en este artículo sin obstruir parte del acristalamiento.
–Casos exceptuados de colocar las señales identificativas: Los criterios de colocación de la señal trasera no serán exigibles a los vehículos de motor y vehículos remolcados para los que existe una imposibilidad técnica. Este es el caso en particular de los vehículos portacontenedores, portacoches, tractores para semirremolques, vehículos cisterna, vehículos con plataforma y plataformas rodantes
Los criterios de colocación de las señales laterales no serán exigibles a los remolques y semirremolques para los que existe una imposibilidad técnica. Estos vehículos llevarán las marcas laterales en una posición compatible con sus características técnicas.
En todo caso, los vehículos de motor, remolques y semirremolsques para los que se demuestre una imposibilidad estructural, estarán exentos de colocar señales laterales y / o traseras.
Para dar cumplimiento a la nueva obligación legal, que afectará a la mayor parte de los cien mil camiones españoles que operan en la Unión Europea, al ser Francia país e obligado paso para transitar al resto de países europeos, FENADISMER a través de su servicio de asistencia internacional a transportistas FENAGEST facilitará dichas señales a unos precios muy asequibles, en concreto, el pack de 6 unidades de señales identificativas por tan sólo 12´90 euros (IVA y portes no incluidos) para su instalación tanto en los camiones, cabezas tractoras y autobuses.
Pueden adquirirse las señales identificativas directamente a través de la siguiente página web:
https://gestrans.store/es/pack-6-adhesivos-25x17cm-angulos-muertos-nueva