• Tráfico estudia reformar la Ley de Seguridad Vial para adaptarla a los actuales retos de movilidad segura y accesible.
  • Entre las cuestiones a modificar se encuentran los límites de velocidad en autopistas, autovías y carreteras convencionales.

 

Este martes 27 de Junio se reunió el Grupo de Trabajo designado por el Consejo Superior de Tráfico encargado de trabajar en una propuesta de modificación de la vigente Ley de Tráfico y Seguridad Vial con el objetivo de desarrollar una norma más moderna que permita afrontar los actuales retos de la movilidad segura y sostenible.

 

En dicho Grupo de Trabajo participan, además de los representantes de la Dirección General de Tráfico, las asociaciones representativas de los diferentes sectores y colectivos que guardan relación con la circulación y la seguridad vial (conductores, ciclistas, peatones y víctimas de accidentes de tráfico, entre otros). Por parte de los sectores profesionales afectados, la única representación correspondió a FENADISMER, que participó en representación del sector del transporte por carretera.

 

En la reunión del Grupo de Trabajo celebrada este martes se trató la cuestión relativa a los límites de velocidad tanto en autopistas y autovías como en vías convencionales, dado que los  límites actuales datan de los años 80 y es necesaria su actualización no sólo por su impacto para la seguridad vial, sino también su impacto socioeconómico.

 

Así la Dirección General de Tráfico plantea incrementar la velocidad máxima permitida en autopistas y autovías a los vehículos turismo hasta los 130 kms/hora, frente a los 120 actuales, siempre que se cumplan determinados requisitos y se anuncien a los conductores mediante paneles de mensaje variable.

 

Respecto a las vías urbanas, la Dirección General de Tráfico plantea la posibilidad de introducir la limitación genérica de 30 kms/hora para la mayor parte de los viarios urbanos, frente a los 50 actuales.

 

Respecto al sector del transporte por carretera, los representantes de las diferentes asociaciones de usuarios de la carretera solicitaron una reducción de la velocidad máxima permitida en carretera, a fin de contribuir a una reducción de la siniestralidad y de la contaminación ambiental.

 

En respuesta, el representante de FENADISMER manifestó su rechazo a dicha petición, poniendo de relieve la profesionalidad del sector del transporte por carretera y su baja siniestralidad en comparación con los conductores particulares, recordando que los vehículos de transporte son los únicos que llevan equipados un limitador de velocidad, a diferencia de los turismos, lo que impide que incurran en excesos de velocidad.

 

Asimismo FENADISMER solicitó que en la reforma de la Ley de Seguridad vial se incremente la velocidad máxima autorizada a los vehículos de transporte ligeros (furgonetas) en carretea, las cuales tienen autorizado un límite de velocidad incluso inferior al de los autobuses, pese a que las dimensiones del vehículo y el riesgo de siniestralidad vial son muy inferiores (la velocidad autorizada en autopistas y autovías es de 120 kms/h para un turismo, de 100 kms/h para un autobús y de tan sólo 90 kms/h para una furgoneta).

 

Respecto a la propuesta de reducir la velocidad en vías urbanas, FENADISMER también rechaza tal posibilidad, al entender que ello afectaría muy negativamente a la necesaria agilidad en la distribución y entrega urbana de mercancías, la cual está teniendo un desarrollo muy importante como consecuencia del despegue del comercio electrónico en la adquisición de bienes por parte de los ciudadanos.