• El pasado mes de Mayo la Dirección General de Tráfico inició el trámite de aprobación de la Orden Ministerial de modificación de los pesos y dimensiones que había quedado paralizada en la anterior legislatura por el adelanto electoral.
  • En relación a la nueva norma, FENADISMER ha planteado enmiendas al incremento del tonelaje máximo a 44 tns para que sean eliminadas las tolerancias que permitan mayores incrementos, así como a los nuevos pesos permitidos para el transporte combinado y el transporte de madera, por ser incoherentes con los límites técnicos exigidos a los demás vehículos de transporte de mercancías.

 

Como ha venido informando FENADISMER , la Dirección General de Tráfico inició el pasado mes de Mayo el proyecto de Orden Ministerial de modificación de los pesos y dimensiones para los vehículos de transporte de mercancías por carretera, que como se recordará quedó paralizada su tramitación la legislatura anterior por el adelanto electoral de Julio del pasado año, pese a que su texto se encontraba bastante avanzado por parte de los Ministerios competentes en la materia, Transportes, Industria e Interior.

 

En este sentido, FENADISMER ha presentado enmiendas al texto sometido a información pública, por considerar que algunas de las modificaciones propuestas no se ajustan a los límites técnicos de los vehículos de transporte o bien no venían recogidas en los acuerdos alcanzados entre las organizaciones de transportistas y el Ministerio de Transporte en Diciembre de 2021, y que dieron lugar a la aprobación en marzo del siguiente año del Decreto-Ley 3/2022 de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística

 

Así, en lo que se refiere al subsector del transporte de madera en rollo, si bien puede tener motivos para contar con una regulación específica por las especiales características que deben tener los vehículos que trabajen en los ámbitos forestales, la Federación no comparte la nueva propuesta recogida que prevé unas masas máximas hasta un 20% superior a las establecidas para el resto de vehículos de transporte de mercancías, siendo además incoherente con los límite técnicos exigidos en la citada Orden respecto tanto de las masas totales individuales como de las masas por ejes.

 

Algo similar ocurre con las nuevas masas máximas previstas para el transporte intermodal, al que se le permite incrementar su masa máxima a 46 tns, sin que en el texto normativo se contemple justificación alguna en su exposición de motivos, ni se establezca como deba ser la configuración técnica de esta propuesta, ni existan precedentes en otros países de la Unión Europea.

Por lo que se refiere al incremento a 44 tns en la masa máxima para los vehículos articulados y trenes de carretera de 5 ó 6 ejes, que ya se encuentra vigente en otros13 Estados miembros de la Unión Europea, a fin de atemperar el impacto de esta medida en el sector, FENADISMER exige eliminar los márgenes de tolerancia para los vehículos a partir de dicho tonelaje que el régimen sancionador en materia de transporte establece en la actualidad en caso de exceso de peso, para evitar que en la práctica se puedan transportar más de 45 toneladas en España una vez que la norma entre en vigor, teniendo en cuenta además que estos márgenes no se contemplan en la legislación de otros países en donde están implantadas las 44 tns.

 

 

 

 

 

 

 

Temáticas: