• El objetivo es especializar la formación de los conductores profesionales priorizando la formación destinada a la seguridad vial y laboral así como la conducción eficiente económica y medioambientalmente.

 

  • Entre las novedades incluidas destaca la formación obligatoria de carácter práctico tanto en el CAP inicial como en el CAP de renovación, la posibilidad de impartir materias optativas, la convalidación parcial con otros cursos de formación y la introducción de la teleformación parcial .

 

Como se recordará, hasta el año 2008  para conducir un camión o un autobús en España solo se exigía haber obtenido el permiso de conducir correspondiente. Sin embargo, con la aprobación del Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, se introdujo en España la normativa europea, concretamente la Directiva 2003/59,  que establecía que para conducir un camión o un autobús,  además de los carnés C o D era necesario obtener el llamado CAP o Certificado de Aptitud Profesional, que consiste en una formación obligatoria en un centro autorizado,de 140 o 280 horas de duración, que deben obtener todos los conductores de camión o autobús que se hayan obtenido o vayan obtener el permiso de conducir vehículos. Esta formación inicial en el CAP debe renovarse cada 5 años mediante una formación CAP de reciclaje o continua.

 

Tras 13 años de vigencia del citado Decreto, se consideraba necesario actualizar el contenido de la formación CAP para adaptarlo a la nueva realidad que comporta la conducción profesional. En este sentido, el Ministerio de Transportes ha promovido el nuevo Real Decreto, publicado este sábado 24 de Abril en el BOE, el cual sustituye a la regulación aprobada en 2007, acomodándolo a la Directiva europea 2018/645 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de abril de 2018, por la que se modifica la Directiva 2003/59 antes citada.

 

Son varios los objetivos que ha perseguido el Ministerio de Transportes con este nuevo Decreto, como son la revisión de la lista de actividades de conducción que estarían exentas de poseer el CAP así como la actualización del contenido de la formación con la finalidad de hacer mayor hincapié en temas tales como la seguridad vial, las operaciones especiales de transporte y la  conducción eficiente y en condiciones meteorológicas extremas.

 

Asimismo la nueva regulación prevé la posibilidad de introducir la formación online de una parte de las materias formativas teóricas que comprenden tanto el CAP inicial como de reciclaje, permitiendo que se impartan en modalidad de teleformación, aproximadamente un 15% del total de horas lectivas en el caso del CAP inicial, y de hasta 12 horas en el CAP de renovación. Además, mientras dure la pandemia, se permite que los Centros puedan impartir la totalidad de la formación teórica en modo virtual, como ya adelantó FENADISMER, para lo que los Centros deberán utilizar una plataforma de teleformación que acredite la existencia de una conectividad permanente entre el profesor y los alumnos y un mecanismo que posibilite que los Servicios de Inspección puedan acceder en remoto a las clases que se están impartiendo en tiempo real, así como a los correspondientes registros de actividad, con el fin de comprobar la correcta ejecución de la actividad formativa.

 

También como novedad se prevé que los alumnos que realicen el certificado de profesionalidad como conductor de camión o autobús se les exime de realizar la formación en el CAP inicial, si bien deberán realizar el examen oficial para obtener el certificado CAP. De igula modo, los alumnos que acrediten haber hecho en el año anterior un curso de formación sectorial (ADR, transporte de animales y otros) tendrán derecho a una convalidación parcial del curso CAP de renovación.

 

El texto íntegro del nuevo Decreto regulador del CAP se puede consultar aquí:

 

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/24/pdfs/BOE-A-2021-6624.pdf

 

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