El Tribunal de Justicia de Luxemburgo confirma el criterio de FENADISMER declarando la ilegalidad del “céntimo sanitario” y juzgando en “Derecho”, de forma que no cabe la limitación temporal de los efectos de la sentencia.  Los transportistas podrían obtener una devolución de hasta 2.300 millones de euros indebidamente recaudados por dicho impuesto.

La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER), organización que agrupa a 32.000 pequeñas y medianas empresas de transporte por carretera, planteó formalmente al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que el fallo que adoptase sobre la posible ilegalidad del Impuesto sobre Ventas Minoristas de Hidrocarburos (coloquialmente denominado “céntimo sanitario”) no contemplara ninguna limitación temporal que impidiera la devolución del impuesto indebidamente recaudado en los últimos años.

Finalmente, en la Sentencia sobre esta cuestión que esta misma mañana ha adoptado el Tribunal de Justicia de Luxemburgo, se confirma plenamente el criterio mantenido por FENADISMER relativo a la ilegalidad del I.V.M.D.H. (céntimo sanitario) y a la no limitación temporal de los efectos de la sentencia, ante la actuación deliberada del Estado español al haber mantenido durante más de 10 años la vigencia de dicho impuesto contrario al Derecho comunitario.

En este sentido, el Tribunal de Luxemburgo declara claramente que el impuesto denominado coloquialmente “céntimo sanitario” vulnera la Directiva comunitaria sobre Impuestos Especiales, por considerar que carece de una finalidad específica y teniendo por el contrario, una finalidad meramente presupuestaria.

La Sentencia deja perfectamente claro que no procede limitar en el tiempo los efectos de la misma, por lo que a partir de este momento, será necesario iniciar una valoración jurídica sobre el camino a recorrer, así como valorar la situación de los procedimientos ya iniciados contra la administración, así como los nuevos cauces jurídicos que puedan plantearse respecto de aquellos que no hubieran presentado con anterioridad a la sentencia reclamación alguna.

Según las estimaciones que maneja nuestra organización, las cifras totales a reclamar correspondientes a los últimos 5 años por cada vehículo de transporte pueden alcanzar los 16.000 euros en el caso de un camión y de 14.000 euros en el caso de un autobús, lo que supondría una devolución total al sector del transporte por carretera en torno a 2.300 millones de euros.

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