El nuevo Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres atomiza más el sector del transporte de mercancías por carretera en España
- Tras la desaparición del requisito de flota mínima en transporte pesado, el número de empresas transportistas de menor dimensión ha crecido un 12% en el último año, en concreto más de 4.000 nuevas empresas titulares de menos de 3 vehículos.
- Asimismo se incrementa en un 5% el número de nuevos transportistas autónomos en detrimento de las empresas societarias, rompiendo la tendencia decreciente de los últimos 20 años.
El pasado viernes 21 de Febrero se cumplió un año de la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Ordenación de los Transportes terrestres, el cual introdujo importantes modificaciones en la regulación administrativa del sector, la cual se había mantenido prácticamente invariable en los últimos 20 años, facilitando una ordenación y estructuración empresarial del transporte de mercancías por carretea en España para poder competir en mejores condiciones en el mercado europeo de transportes, lo que ha permitido situar a la flota española en segundo lugar en el ranking europeo de transporte internacional, sólo por detrás de la flota polaca.
Entre las principales novedades que introdujo el nuevo ROTT cabe destacar la desaparición del requisito de flota mínima inicial, que exigía a los que accedieran por primera vez al transporte pesado acreditar la titularidad de al menos 3 vehículos con una capacidad útil total de 60 toneladas. Como era de prever, la eliminación de dicho requisito traería como consecuencia romper con la tendencia de las últimas dos décadas de redimensionamiento del tamaño de las empresas transportistas que operan en España.
Y efectivamente así ha sido. Conforme a los datos publicados por el Ministerio de Transporte y que han sido analizados por FENADISMER, en el último año el número de empresas de menor tamaño (esto es, empresas de menos de 3 vehículos) en transporte pesado se ha incrementado en 1.257 nuevas empresas de un solo vehículo y 2.836 empresas de dos vehículos. De hecho, esta microempresas representan el 71% de las empresas del sector.
También es destacable como el nuevo ROTT ha roto la tendencia de los últimos 20 años de disminución del porcentaje de empresas personas físicas (autónomos) y el consiguiente aumento del porcentaje de empresas societarias. Así en el último año se invierte dicha tendencia, incrementándose en un 5% el porcentaje de nuevos autónomos, en concreto 1.185 autónomos más en transporte pesado y 2.020 autónomos más en transporte ligero.
Sin embargo, ello no ha impedido que se mantenga la media de vehículos por empresa que se había alcanzado en el año anterior, situándose en los 4’31 vehículos por empresa, en el caso del transporte pesado, y de 2’13 en transporte ligero. Lógicamente la forma jurídica determina el tamaño de la flota, de tal forma que en transporte pesado la media de flota en el caso de los transportistas autónomos es de 1’54 vehículos frente a los 7’59 en el caso de las empresas societarias, y en transporte ligero es de 1’34 vehículos para los transportistas autónomos y de 4’22 para las sociedades.
Otra de las cuestiones a destacar es la de la edad media de la flota de transporte de mercancías en España. Pese a que afortunadamente se mantuvo finalmente el requisito de antigüedad máxima inicial para acceder por primera vez y de antigüedad media para poder incrementar la flota, sin embargo la crisis económica que atravesó nuestro país desde 2008 hasta 2014 golpeó muy fuertemente la necesaria renovación de la flota de transporte, por lo que las edades medias continúan muy alejadas de las que disfrutábamos en 2007. Así en el caso de los vehículos rígidos pesados la edad media se sitúa en la actualidad en 13’4 años, frente a las 5’9 en 2007. En el caso de las cabezas tractoras la situación es algo más favorable con una edad media actual de 7’5 años, frente a los 4’7 de 2007, y en el caso de los vehículos ligeros la edad media actual se sitúa en 8’6 años frente a los 7’3 años de 2007.
Por ello, FENADISMER confía en que el Tribunal Supremo finalmente falle en contra de la intención de la Comisión Nacional de la Competencia de suprimir dicho requisito, ya que ello contribuiría a envejecer más aún la actual flota de transporte, lo que sería muy preocupante desde el punto de la seguridad vial, el medio ambiente y la calidad del servicio prestado por los transportistas españoles.