En el BOE de ayer miércoles 25 de Marzo, se publicó la Orden TMA/278/2020 del Ministerio de Transportes, modificando la regulación aprobada el pasado 21 de Marzo a fin de clarificar como debe realizarse el transporte de personas en los vehículos de menor tamaño, esto es, de menos de 9 plazas, ate la confusión que la anterior regulación generaba.

 

La nueva regulación aprobada este miércoles 25 por la Orden TMA/278/2020 es más flexible al señalar que en el caso de los taxis y VTCs simplemente  deberá respetarse que vaya como máximo una persona por cada fila de asientos, manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes.

 

La Orden también establece ese criterio para los desplazamientos en vehículos particulares, pero lógicamente sólo en los supuestos en que está autorizado circular según recoge el Decreto de estado de alarma, esto es, se podrá ir más de una persona por vehículo pero sólo cuando se acompaña a personas con discapacidad, menores, mayores u otros supuestos de causa justificada y para realizar alguna de las siguientes actividades: desplazamiento al lugar de trabajo, a centros sanitarios, a tiendas de alimentación y farmacias y otros supuestos de primera necesidad.

 

La Orden del Ministerio de Transporte puede consultarse en el siguiente enlace:

https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/25/pdfs/BOE-A-2020-4028.pdf