Fenadismer valora positivamente la decisión del Gobierno de no aplicar el céntimo verde sobre los carburantes para no agravar la situación del sector del transporte por carretera

Desde Enero los transportistas ya soportan un incremento de más de 350 millones de euros anuales en la fiscalidad de los carburantes tanto en el impuesto de hidrocarburos estatal como del céntimo sanitario autonómico

La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER), organización de ámbito nacional que agrupa a 32.000 empresas de transportistas en toda España, ha transmitido formalmente al Ministro de Industria, D. José Manuel Soria, su satisfación por la decisión adoptada por el Gobierno español de no establecer finalmente el denominado “céntimo verde” sobre los carburantes, lo que se traduciría en un nuevo recargo impositivo sobre la gasolina y el gasóleo.

 

De este modo, no se agravará aún más la actual presión fiscal que soportan las empresas transportistas españolas, que desde Enero de 2012 vienen sufriendo diferentes incrementos en la fiscalidad que soportan los carburantes, tanto a nivel estatal mediante el incremento en casi 3 céntimos por litro en la fiscalidad aplicable al gasóleo profesional para el transporte, y que está a permitiendo al Estado recaudar adicionalmente este año 250 millones de euros extra de dicho colectivo, así como también el incremento a nivel autonómico del impuesto sobre ventas minoristas de hidrocarburos (denominado coloquialmente “céntimo sanitario”) de hasta los 4´8 céntimos por litro llevado a cabo hasta la fecha por 9 Comunidades Autónomas, en concreto, la Comunidad Valenciana, Castilla-León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Extremadura, Baleares, Cantabria, Navarra y Andalucía, y que va a suponer una recaudación adicional estimada en torno a 200 Millones de euros, de los que más del 50% lo soporta el sector del transporte por carretera.

 

Asimismo FENADISMER continuará denunciando la situación de discriminación hacia el sector del transporte por carretera respecto de los restantes modos de transporte competidores (esto es, el transporte ferroviario, marítimo y aéreo) que disfrutan de una exención total de impuestos en los carburantes consumidos en dichos modos de transporte.

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