• Los datos correspondientes al pasado mes de Septiembre del Observatorio permanente de la morosidad y los pagos en el sector del transporte por carretera en España que elabora mensualmente Fenadismer evidencian un repunte en los plazos de pago a los transportistas respecto al mes anterior en el que se produjo una fuerte reducción.
  • El 59% de empresas cargadoras e intermediarios incumplen la legislación sobre morosidad, de los que un 13% siguen pagando a más de 6 meses.

 

Desde que el pasado mes de Octubre se aprobó por Ley el nuevo régimen sancionador de lucha contra la morosidad en el sector del transporte por carretera, sancionando los incumplimientos en materia de plazos de pago en el sector del transporte de mercancías por carretera con multas de hasta 6.000 euros, que podrán alcanzar los 30.000 euros para aquellas situaciones reincidentes más abusivas, a lo largo de estos meses se ha ido notando una evolución positiva de los plazos máximos de pago a los transportistas por parte de sus clientes, aunque aún lejos del plazo de 60 días máximo que marca la ley de lucha contra la morosidad.

Así, en el mes de Setiembre se produce un nuevo repunte en los plazos medios de pagos hasta los 73 días, frente a los 64 días del mes anterior, y por tanto alejándose del plazo legal máximo de pago, como ha constatado el último Observatorio permanente de la morosidad y los pagos en el sector del transporte por carretera, que FENADISMER continúa elaborando mensualmente en colaboración con la Fundación Quijote para el Transporte.

Ello se traduce en un incremento en el número de empresas cargadoras e intermediarios que incumplen la legislación sobre morosidad, pasando a ser del 59% de los clientes de los transportistas, de los que un 39% lo hicieron a más de 90 días e incluso un 13 % a más de 120 días, esto es, a 6 meses. En cuanto a los medios de pago que son utilizados más habitualmente para el pago de los servicios de transporte, continúan siendo por este orden la trasferencia (67%), seguido del confirming (26%), el pagaré (6%)  y el cheque (<1%).

 

Por ello, se hace necesario continuar la actuación activa por parte de los servicios de inspección para conseguir el pleno cumplimiento y aplicación de la legislación sobre morosidad en el sector del transporte por carretera, ya que si bien se ha podido constatar desde su aprobación una importante reducción aún subsiste un grado significativo de incumplimiento.

 

 

 

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