Este jueves 8 de Noviembre se ha celebrado la Mesa Social del Transporte por Carretera con información relevante sobre la normativa de seguridad social, trabajo y tráfico.

Este jueves 8 de Noviembre se ha celebrado en el Ministerio de Fomento la reunión de la Mesa Social del Transporte, con la asistencia de los Directores Generales de Transporte por Carretera, de Tráfico, de Ordenación de la Seguridad Social, y por otra parte las principales asociaciones de transporte y los sindicatos. Los asuntos tratados han sido los siguientes:

1.     Estudio sobre la vida laboral en el transporte por carretera.

El Director General de Inspección de Trabajo expone las conclusiones de este estudio, que ha sido elaborado por la Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo, y ha contado con la participación de las organizaciones FENADISMER y CETM y el sindicato UGT. Entre las prioridades que este estudio resalta como necesarias en la adaptación de la normativa a las especialidades del sector destaca:

·        La necesaria regulación de los efectos laborales por la retirada del permiso de conducir, que hoy está resuelta parcialmente por la negociación colectiva.

 

·        Cómo se va a llevar a cabo la aplicación efectiva del Decreto de tiempos de trabajo.

 

·        Ampliar el abanico de enfermedades profesionales y prever la jubilación anticipada.

 

 

Otras prioridades que recoge este estudio:

 

 

·        Agilización de los trámites de expedición o convalidación de los permisos de conducir de trabajadores extranjeros.

 

·        Mejora en el tratamiento estadístico de la siniestralidad.

 

·        Política de fomento del empleo y autoempleo.

 

·        Mayor inversión en áreas de descanso.

 

·        Control de bolsas de fraude y competencia desleal.

 

 

2.     Nuevo marco normativo de las enfermedades profesionales.

 

 

La Vocal Asesora de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, Mª Teresa Quilés, expone que en Noviembre del año 2006 fue aprobado el Real Decreto 1299/2006 que establece una nueva lista de enfermedades profesionales que sustituye y amplia la anterior de 1978, adaptándose a la normativa europea. Dicha norma establece un nuevo sistema de notificación denominado DECROS, que permite un tratamiento estadístico de los datos así como conocer las causas que originan la citada enfermedad. En el sector del transporte la mayoría de las enfermedades profesionales provienen de agentes físicos, principalmente debido a posturas incorrectas (columna, codo, antebrazo, etc.) que en ningún caso origina bajas superiores a 30 días.

 

 

3.     Reducción a la tarifa de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

 

 

La Sra. Quilés comenta que la Ley de Presupuestos de 2007 introduce una nueva tarifa de cotización por contingencias a la seguridad social. Hay 17 tipos distintos de cotización en función de la clasificación del CNAE, que deberá modificarse al nuevo CNAE previsto para 2009. Para el transporte por carretera la tarifa es del 4,05 para vehículos ligeros y 7,60 para vehículos pesados (anteriormente estaba en 8,80).

 

Por lo que se refiere a los autónomos, el nuevo Estatuto del Trabajador Autónomo establece que los autónomos dependientes pasarán a tener obligatoriamente la cotización por enfermedades profesionales y contingencias comunes a partir de 1 de Enero de 2008. En este punto, Fenadismer plantea la incongruencia de dicha exigencia cuando la calificación como autónomo dependiente no se producirá hasta transcurrido 1 año desde la aprobación del Reglamento que desarrolla la Ley.

 

 

4.     Proyecto de Ley de Medidas en materia de Seguridad Social.

 

 

La Sra. Quilés señala que la Ley, que será aprobada en breve contempla que en determinados supuestos de peligrosidad o penosidad de la actividad realizada (como podría ser el sector del transporte por carretera) se puede establecer la jubilación anticipada mediante la concreción de los coeficientes de cotización.

 

En este punto, Fenadismer plantea que nuestra organización junto con los sindicatos ya viene planteando desde el año 2004 la reivindicación para el establecimiento de la jubilación anticipada, de los que se comprometió la Dirección General a realizar un estudio económico del que hasta la fecha no se ha presentado al sector.

 

 

5.     Transposición de la Directiva 2002/15 de ordenación del tiempo de trabajo.

 

 

El Subdirector General de Ordenación de Trabajo expone el contenido del Real Decreto 1561/2007 sobre tiempos de trabajo en el sector del transporte por carretera. Pone de relieve la insatisfacción que produjo a la Dirección General el que no se llegara a un acuerdo entre las patronales del transporte y los sindicatos para llegar a un texto consensuado.

 

 

6.     Información sobre el estado de la negociación de los Acuerdos Marco o Negociación colectiva de ámbito estatal.

 

 

Los sindicatos informan que en el sector de transporte de viajeros no existe negociación alguna. En cuanto al sector de mercancías aunque se ha empezado a negociar se están dilatando las negociaciones por lo que la visión es pesimista. De no prosperar las negociaciones, los sindicatos amenazan con judicializar la negociación o bien crear conflictividad en el sector.

 

 

7.     Balance de aplicación del permiso por puntos en el sector profesional.

 

 

El Subdirector General, Sr. Ledesma, señala que el objetivo del permiso por puntos era modificar la conducta y comportamiento de los conductores:

 

·        El número de positivos de alcoholemia en controles ha bajado del 4% al 2%.

 

·        La utilización del cinturón de seguridad ha aumentado: en los asientos delanteros ha pasado del 74% al 84% y en los asientos traseros del 50% al 63%.

 

·        En la velocidad se han reducido los grandes excesos de velocidad, y se ha reducido la velocidad media en 4,3 km/h.

 

·        Se ha reducido la siniestralidad en número de fallecidos en un 14,3% (467 fallecidos menos). En la actualidad la media está en 93 muertos por millón de habitantes.

 

·        Sólo un 1% del censo total de conductores ha perdido algún punto, y sólo a 1000 conductores se les ha privado del permiso de conducir.

 

·        En cuanto a los conductores profesionales, hay que destacar que en el 20% de las sanciones que han dado lugar a detracción de puntos intervenía un vehículo industrial. Existe un menor porcentaje de incidencia en los conductores profesionales en lo referente a alcoholemia respecto a los conductores particulares, pero en cambio es superior respecto a la utilización de los permisos de conducir.

 

 

Fenadismer plantea en este punto su preocupación por el uso abusivo que en los ámbitos urbanos se realiza por parte de los agentes municipales amenazando con la aplicación de pérdida de puntos a los profesionales de transporte por infracciones que no afectan de forma grave y directa para la seguridad vial. Asimismo Fenadismer solicita que clarifique los criterios utilizados para catalogar como conductor profesional y vehículo industrial.

 

 

Respecto a la última cuestión contesta el Director General de Tráfico señalando que la información de que disponen es limitada, ya que se desconoce si la infracción es imputada al conductor profesional en el ejercicio de su actividad o conduciendo su vehículo particular. Asimismo los datos globales referidos a conductores profesionales no distinguen si son conductores activos o simples titulares del permiso profesional. Asimismo tienen dificultades para conocer el tipo de transporte realizado por los vehículos ligeros (furgonetas) que es un reto que se plantean para la próxima legislatura.

 

 

 

 

 

 

8.     Información sobre estudios en materia de seguridad y salud laboral.

 

 

Ana Ferrer, Subdirectora General del Observatorio de Seguridad Vial, informa que en el periodo 2003-2006 se ha producido una reducción de la siniestralidad en un 25%.

 

Respecto a la participación de vehículos industriales en la accidentalidad se ha reducido en un 17% en dicho periodo.

 

Por su parte, la Fundación CDAUT ha elaborado un estudio sobre siniestralidad en los camiones analizando 50 accidentes, con datos relevantes sobre las causas que motivan los accidentes: un 44% por distracción, un 14% por exceso de velocidad, un 14% por no respetar un STOP, un 12% por somnolencia, un 12% por invadir carril contrario y un 10% por no mantener distancia de seguridad.

 

A continuación Javier Ferrer, del Instituto Nacional de Salud e Higiene en el Trabajo expone los diferentes estudios que han desarrollado en materia de salud laboral y de seguridad en el sector.

 

A continuación el Subdirector General de Inspección de Transporte avanza los resultados del Estudio sobre responsabilidad del sector del transporte por carretera en la accidentalidad del tráfico, destacando que de los accidentes de tráfico en los que ha intervenido un vehículo de transporte, sólo en un 40,9% de los casos es debido al conductor profesional que conducía dicho vehículo. Otro dato muy destacado es que dicha accidentalidad está provocada en sólo un 13% por conductores autónomos y un 87% por conductores asalariados.

 

 

Por último, el Director General de Tráfico informa de que el proyecto de modificación del Código Penal será aprobado en el Congreso de los Diputados el próximo 17 de Noviembre, en el que se recoge como delito:

 

·        Conducir con exceso de alcohol superior a 1,2.

 

·        Exceso de velocidad superior a 200 km/h en autopista, 170 km/h en carretera y 110 km/h en vía urbana.

 

·        Conducir sin haber obtenido el permiso de conducir (en la actualidad hay más de 40.00 conductores habituales  no poseedores de permiso de conducir).

 

 

Asimismo recuerda la exigencia de espejos retrovisores especiales para los vehículos pesados a partir de 2009.

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