• Desde este año 2017 tanto el Ministerio de Fomento como las Comunidades Autónomas están notificando los nuevos expedientes sancionadores exclusivamente por vía electrónica.
  • Fenadismer exigirá la unificación de la sede electrónica a efectos de notificación para evitar la actual dispersión de notificaciones en cada Comunidad Autónoma o Diputación Foral.

 

 

Como consecuencia de la entrada en vigor de las nuevas Leyes de Ordenación de Transporte Terrestre y la de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, desde principios de este año 2017 tanto el Ministerio de Fomento como las Comunidades Autónomas están llevando a cabo la tramitación de los nuevos requerimientos de inspección como de los nuevos expedientes sancionadores por vía exclusivamente electrónica, eliminándose en consecuencia el procedimiento de notificación por carta postal certificada que utilizaba anteriormente.

 

Ello implica que al ostentar competencias propias en materia de inspección de transporte tanto el Ministerio de Fomento como las Consejerías de Transporte de las Comunidades Autónomas (e incluso en algunos casos hasta las propias Diputaciones provinciales forales o los Cabildos insulares) están utilizando sus propios servicios de notificación electrónica, obligando a los transportistas a acceder a multitud de sedes electrónicas para poder consultar el contenido de los expedientes sancionadores, con el consiguiente desconcierto y preocupación, ya que la falta de respuesta a un requerimiento de inspección es sancionado por obstrucción a la labor inspectora como infracción muy grave, con multa de hasta 4.001 euros.

 

Esta situación caótica para los transportistas es motivo de gran preocupación para FENADISMER, que considera que la actual dispersión de notificaciones en materia de inspección y sanción de transporte en las diferentes Comunidades Autónomas genera una importante indefensión e inseguridad jurídica al colectivo de transportistas, incumpliéndose de este modo uno de los principales objetivos perseguido por la Ley de Procedimiento Administrativo, en concreto, el de “garantizar el adecuado equilibrio entre la eficacia de la actuación administrativa y la imprescindible salvaguarda de los derechos de los ciudadanos y las empresas, que deben ejercerse en condiciones básicas de igualdad en cualquier parte del territorio”.

 

Por ello, FENADISMER va a exigir que con ocasión de la tramitación del nuevo Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres se establezca la obligatoriedad para todas las Administraciones Públicas competentes en materia de transporte para que utilicen una sede común de notificación electrónica de expedientes sancionadores, sin perjuicio de que adicionalmente también puedan utilizar su sistema de notificación autónoma.