Baleares se suma a la Comunidad Valenciana y Castilla-León al aprobar la devolución del céntimo sanitario a los transportistas a partir del 1 de Mayo.

FENADISMER aplaude la sensibilidad social del Gobierno Balear al devolverlo totalmente a dicho colectivo.

Por contra, Cataluña se niega a aprobar la devolución pese a haber incrementado el importe del céntimo sanitario desde el pasado 1 de Abril.

El próximo 1 de Mayo entra en vigor el Decreto Ley 4/2012 sobre Medidas Tributarias y Financieras aprobado por el Consell de las Islas Baleares, que establece la puesta en marcha de una serie de nuevos impuestos y otras actuaciones tributarias encaminadas a paliar los efectos que la crisis económica está originando en dicha región.

Entre las medidas aprobadas, destaca la puesta en vigor del tramo autonómico del impuesto sobre las ventas minoristas de hidrocarburos (coloquialmente denominado céntimo sanitario), estableciendo un gravamen de 4’8 céntimos por litro, con el que se estima recaudar más de 35 millones de euros anuales.

Asimismo el Decreto-Ley introduce el sistema de devolución de la totalidad del impuesto para los transportistas de todas las especialidades del transporte (camiones, autobuses y taxis) siguiendo el ejemplo de la medida aprobada el pasado mes de Enero por la Comunidad Valenciana y en Febrero por Castilla-León, lo que a juicio de FENADISMER denota una gran sensibilidad del Gobierno balear por la defensa del sector profesional del transporte por carretera, configurado en más de un 85% por autónomos y microempresas, los cuales atraviesan una situación económica muy compleja motivado por la actual situación de disminución de la actividad debido a la crisis, y agravada por el nivel de precios del gasóleo, actualmente en máximos históricos.

Por contra, Cataluña ha acordado incrementar desde el pasado 1 de Abril el tramo autonómico del impuesto al máximo permitido, esto es, 4’8 céntimos por litro, lo que se recogió en la Ley 5/2012 de medidas fiscales, sin que simultáneamente se haya aprobado el sistema de devolución del impuesto para el colectivo de transportistas, a diferencia de lo que han llevado a cabo las demás Comunidades Autónomas que han aplicado también el recargo autonómico en su tramo máximo.

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