ABIERTO PLAZO HASTA EL 16 DE FEBRERO PARA LA SOLICITUD DE AYUDAS AL ABANDONO DE LA ACTIVIDAD DE TRAN
ABIERTO PLAZO HASTA EL 16 DE FEBRERO PARA LA SOLICITUD DE AYUDAS AL ABANDONO DE LA ACTIVIDAD DE TRANSPORTISTA PARA EL AÑO 2005
El sábado día 15 de enero de 2005 ha sido publicada en el B.O.E. la Orden del Ministerio de Fomento 4500/2004 de 30 de diciembre por la que se convoca, para el año 2005, el otorgamiento de Ayudas a Transportistas Autónomos por Carretera que abandonen la actividad.
Los requisitos y normas reguladoras se encuentran contemplados en la Orden 2865/2004 de 30 de julio, señalándose como más importantes los siguientes que, por otra parte, no han sufrido variación con respecto a años anteriores:
1.- El plazo establecido para la presentación de solicitudes será de 1 MES desde el día siguiente al de la publicación en el B.O.E., esto es, hasta el 16 DE FEBRERO DE 2005. No obstante, si las solicitudes se van a dirigir a Fenadismer Madrid para su presentación en el Ministerio de Fomento, el plazo máximo será hasta el lunes día 14 de febrero.
2.- Podrán acogerse a las ayudas los transportistas autónomos de forma ininterrumpida durante los últimos diez años, con edad igual o superior a 60 años e inferior a 65 (debiendo faltar más de seis meses para los 65), tanto de mercancías como de viajeros. Se permitirá una sola interrupción por plazo no superior a un mes.
3.- Titulares de forma ininterrumpida durante los últimos 10 años de un máximo de dos autorizaciones de transporte público (MDPN, MDPC, MDPL, MDLN o VD). Durante esos diez años, deberán haber sido titulares de al menos una autorización no suspendida, permitiéndose de una sola interrupción por plazo no superior a un mes. Las autorizaciones de mercancías deberán haber sido otorgadas antes del 7 de septiembre de 1999.
4.- Como excepción al límite máximo de dos autorizaciones antes señalado, está la posesión una única vez de un máximo de tres autorizaciones por un periodo de tiempo no superior a un mes.
5.- Se permitirá también el acceso a las Ayudas a los transportistas de viajeros que hubieran constituido una sociedad mercantil unipersonal entre el 1 de enero de 1997 y 1 de julio de 1998.
6.- Las autorizaciones presentadas a las Ayudas deberán ser entregadas a la Administración, siendo las cuantías establecidas las siguientes: vehículos pesados de ámbito nacional y autobuses (MDPN y VD) 15.500 €; vehículos pesados de ámbito comarcal (MDPC) 12.500 €; vehículos pesados de ámbito local y vehículos ligeros (MDPL y DDLN) 6.000 €. Además, se otorgarán 4.900 € por cada semestre completo que falte hasta cumplir los 65 años.
En el caso de concesión de la ayuda, se deberá renunciar al ejercicio de la actividad de transporte y a no aportar su capacitación profesional, debiendo efectuarse además la baja en tráfico de los permisos de conducir camión o autobús.
Las solicitudes de ayudas al abandono deberán ir acompañadas de la documentación siguiente:
• Copia compulsada del D.N.I.
• Certificación de la Agencia Tributaria de inexistencia de deudas.
• Certificación de la Seguridad Social de estar al corriente del pago de las cuotas.
• Informe de Vida Laboral.
• Certificación de la Comunidad Autónoma acreditativo de la titularidad durante los últimos diez años de un máximo de dos autorizaciones.
• Copia compulsada del permiso de conducir o declaración responsable de no ser titular.
• Copia compulsada de la tarjeta/s de transporte.
• Solicitud oficial
• Declaración ante cualquier órgano de una Administración pública o notario de no hallarse incurso en prohibiciones establecidas en las bases reguladoras.
– Modelo de Solicitud –
Ministerio de Fomento
Dir. Gral. de Ttes. por Carretera
Ilmo. Sr. Director General
D. ……………………………………………………………………………………..,
documento nacional de identidad número ……………………………………………,
con domicilio en ……………………………………………………………………..,
calle ………………………………………………, código postal …………………., teléfono ……………………………………………………………………………….
EXPONE.
Que a la vista de la Orden 2865/2004 de 30 de julio de la Ministra de Fomento por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad, considerando que reúne los requisitos exigidos, según se muestra en los documentos que se adjuntan y con la expresa aceptación de todos los términos de la citada convocatoria.
SOLICITA.
El otorgamiento de de la correspondiente subvención por abandono de la actividad de transportista renunciando a la totalidad de autorizaciones de transporte público de que es titular.
En …………, a …… de …….. de 2005.
– Modelo de Declaración –
D. ………. (nombre y apellidos del interesado)…………………………………………..
Con DNI nº ………………….., con domicilio en ………………., localidad …………………., provincia …………………, código postal ……………, en su calidad de ………………… de la entidad ……………………………………………….
COMPARECE
Ante ……………. (nombre y apellidos de la autoridad o funcionario) ……………., en su calidad de ………. (denominación del cargo o puesto de trabajo) ………….., de ……. (nombre del organismo y/o Administración Pública) ………………………………
DECLARA QUE ………… (nombre de la entidad/interesado)
1. No ha sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
2. No ha solicitado la declaración de concurso, ni ha sido declarada insolvente en cualquier procedimiento, ni se halla declarada en concurso, ni está sujeta a intervención judicial, ni ha sido inhabilitada conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
3. No ha dado lugar, por causa de la que hubiese sido declarada culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
4. Sus administradores y representantes legales no están incursos en algunos de los supuestos de la Ley 12/1995 de 11 de mayo, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la Nación y de los altos cargos de la Administración General del Estado,. De la Ley 53/1984 de 26 de diciembre, de incompatibilidad del personal al servicio de las A