En marcha las ayudas para el achatarramiento de camiones y autobuses
- Las Comunidades Autónomas deben publicar en las próximas semanas las convocatorias de ayudas aprobadas por el Gobierno central el pasado mes de Noviembre El Real Decreto aprobado este martes por el Gobierno, tanto para el achatarramiento de camiones y autobuses, como para la compra de vehículos nuevos, pero dejando fuera la posibilidad de compra de camiones a gas, subvencionando solo camiones eléctricos o de hidrógeno.
- En el caso de las ayudas al achatarramiento, el Gobierno ha flexibilizado los requisitos inicialmente previstos, eximiendo la obligación de que los vehículos a achatarrar tengan que tener la ITV en vigor.
Como ya informó FENADISMER, el pasado mes de Noviembre el Gobierno central aprobó una nueva línea de ayudas, dotada con 174 millones de euros, ampliables hasta un total de 400 millones en los próximos años, para la renovación de la actual flota de transporte por carretera hacia vehículos menos contaminantes.
Dichas ayudas serán gestionadas por las Comunidades Autónomas a través de sus propias convocatorias, que ya han puesto en marcha algunas Comunidades Autónomas y otras lo harán en las próximas semanas, y se destinarán tanto al achatarramiento de vehículos como a la compra de vehículos propulsados por energías alternativas y el retrofit o transformación de los actuales motores de propulsión por diésel hacia vehículos eléctricos o de hidrógeno, dejando fuera en consecuencia la adquisición de camiones diésel nuevos de última generación, e incluso los propulsados por gas natural GNL o GNC, aunque sí se podrán acoger la compra de autobuses propulsados a gas.
Por lo que respecta a la línea de ayudas para el achatarramiento, ésta se aplica a todos los vehículos de transporte actualmente en circulación matriculados con anterioridad al 1 de enero de 2019, siempre que cuenten con una autorización de transporte al menos en los dos años anteriores a la solicitud de la ayuda. Como novedad el Gobierno finalmente ha flexibilizado el requisito inicialmente previsto respecto a tener el vehículo con la ITV en vigor, eximiendo la obligación de que los vehículos a achatarrar tengan la revisión técnica pasada para facilitar de este modo que un mayor número de vehículos puedan acogerse a las ayudas.
El importe de las cuantías establecidas para el achatarramiento se establece en función de la categoría del vehículo y su antigüedad, así como el nivel de emisiones Euro y el tipo de destinatario, quedando como sigue:
Categoría vehículo | Euro V o EEV | Euro IV-Euro III | Euro II y anteriores |
M2 | 20.000 | 9.000 | 4.000 |
M3 | 25.000 | 12.000 | 6.000 |
N2 | 12.000 | 5.000 | 2.500 |
N3 < 16 TN | 15.000 | 7.000 | 3.000 |
N3 > 16 TN | 20.000 | 10.000 | 5.000 |
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