Los DuoTrailers de 31 m y 70 tns no son lógicamente transporte esencial
- De dicha categoría de vehículo de transporte de mercancías, no autorizados por la actual normativa española de pesos y dimensiones, sólo circulan algunas unidades por las carreteras españolas con carácter experimental.
- Pese a ello, los operadores logísticos titulares de los Duotrailer pretendían utilizarlos sin someterse a autorización previa compitiendo con el resto de transportistas españoles.
Desde que el Gobierno español decretó el pasado 14 de febrero el Estado de Alarma en nuestro país como consecuencia de la crisis del coronavirus, todas las disposiciones normativas que ha ido aprobando sucesivamente han garantizado el carácter esencial de todo el transporte por carretera, para facilitar de este modo el abastecimiento de los bienes y mercancías necesarios tanto a la población española como al resto de actividades económicas que continúan activas.
Ello ha permitido que en las primeras semanas el nivel de actividad de la flota española de transporte de mercancías se situara en torno al 70%, aunque en estas dos últimas semanas se haya reducido prácticamente hasta el 50%, como consecuencia del Decreto Ley de actividades no esenciales que puso en marcha el Gobierno el pasado 30 de marzo.
Por ello, FENADISMER consideró sorprendente la solicitud planteada al Gobierno hace unos días por la que solicitaba que los actuales hipercamiones de transporte de mercancías, denominados dúo-trailers, pudieran continuar prestando servicios como si se tratara de una actividad esencial más.
Los Dúo-Trailer son una composición de vehículos de transporte de mercancías, de 31´75 metros de longitud y 70 toneladas de masa máxima, no autorizada por la vigente normativa española de pesos y dimensiones, pero que con carácter experimental la Dirección General de Tráfico ha autorizado la circulación de un número limitado de unidades a algunos operadores logísticos y grandes flotistas, dedicándolos especialmente al transporte de mercancías para el sector de la fabricación de automóviles, con los únicos fines de prueba e investigación.
Por ello, lógicamente la Dirección General de Tráfico ha rechazado dicha estrafalaria solicitud, al considerar que dicho transporte experimental no puede ser considerado una actividad esencial en la actual situación excepcional, por lo que cualquier utilización de dichos hipercamiones sigue sometida a la necesidad de autorización previa para poder continuar haciendo transporte.