El Tribunal Supremo obliga a devolver todo el céntimo sanitario
Fenadismer considera un “triunfo del Estado de Derecho” la sentencia del Tribunal Supremo que obliga a devolver al Estado todo el céntimo sanitario recaudado en los 11 años de vigencia del impuesto.
El Tribunal Supremo reconoce la culpabilidad del Estado por haber mantenido vigente este impuesto contrario a la normativa europea.
La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER), organización que agrupa a 32.000 pequeñas y medianas empresas de transporte por carretera, desea manifestar públicamente su satisfacción por el fallo adoptada este martes por el Tribunal Supremo revocando la negativa del Gobierno a reconocer la responsabilidad patrimonial del Estado en relación al impuesto sobre ventas minoristas de hidrocarburos, conocido coloquialmente como céntimo sanitario, lo que obligará al Estado a devolver no sólo lo recaudado los últimos 4 años como pretendía inicialmente el Gobierno, sino desde que se aprobó dicho impuesto en 2002, lo que alcanzó una recaudación total superior a los 13.000 millones de euros..
Como se recordará el Tribunal de Justicia Europeo resolvió en Febrero de 2014 declara ilegal dicho impuesto por considerarlo contrario a la normativa comunitaria, estableciendo además la no limitación temporal de los efectos de la sentencia, al quedar acreditada la actuación culpable del Estado español al haber mantenido vigente dicho impuesto durante más de una década pese a las sucesivas advertencias de las instituciones comunitarias sobre su ilegalidad.
En cumplimiento de la sentencia del Tribunal europeo, la Agencia Tributaria ha estado devolviendo durante estos dos años las reclamaciones planteadas por devolución de ingresos indebidos correspondientes a los últimos 4 años de vigencia del impuesto, esto es, desde 2010 a 2012 ( año en que se derogó el impuesto), pero no en lo que respecta a las cantidades recaudadas correspondientes a los años 2002 a 2009, aduciendo el Gobierno que no existía responsabilidad patrimonial de la Administración, que es la vía establecida por la legislación para reclamar dichos períodos prescritos.
Afortunadamente el Tribunal Supremo, con el pronunciamiento dictado en el día de hoy, da la razón a las miles de reclamaciones presentadas por dicha vía, lo que va a obligar al Estado a devolver todo lo recaudado desde el año 2002. Para FENADISMER esta sentencia supone un ”triunfo del Estado de Derecho” esto es, un nuevo ejemplo de que tanto los ciudadanos como los poderes públicos estamos sometidos al mismo ordenamiento jurídico en todas nuestras actuaciones.