NUEVA ORDEN REGULADORA DE LA CONCESION DE AYUDAS A TRANSPORTISTAS AUTÓNOMOS POR CARRETERA QUE ABANDO
NUEVA ORDEN REGULADORA DE LA CONCESION DE AYUDAS A TRANSPORTISTAS AUTONOMOS POR CARRETERA QUE ABANDONEN LA ACTIVIDAD
Con la finalidad de adaptar la normativa relativa al cese anticipado de transportistas autónomos a la nueva Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones, con fecha de 26 de agosto de 2004 ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado la Orden del Ministerio de Fomento 2865/2004 de 30 de julio por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas al abandono de la actividad.
Es importante precisar que se trata de una nueva Orden reguladora y no de una nueva convocatoria extraordinaria que permita la presentación de solicitudes. El nuevo plazo de presentación de solicitudes deberá realizarse a partir de la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria que, previsiblemente tendrá lugar como hasta ahora desde el 1 de enero al 15 de febrero.
Las grandes líneas sobre los requisitos y cuantías por el abandono establecidas por la nueva Orden son las mismas que las aplicadas hasta la fecha, en concreto:
Requisitos.
a) Ser transportista autónomo de mercancías o viajeros con edad igual o superior a 60 años e inferior a 65, que sean titulares, de forma ininterrumpida durante los últimos diez años de un máximo de 2 autorizaciones. Se permitirá una sola interrupción por un plazo que no supere un mes.
Podrán acceder a las ayudas los transportistas de viajeros que hubieran constituido entre el 1 de enero de 1997 y el 1 de julio de 1998 una sociedad unipersonal de transporte, siendo el beneficiario el único socio.
b) Estar dado de alta en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social los últimos diez años de forma ininterrumpida, permitiéndose una sola interrupción que no supere un mes.
c) Compromiso de abandono de la actividad de transporte público en nombre propio y renuncia de todas las autorizaciones.
Cuantías.
Por la autorización MDPN (15.500 €); por la MDPC (12.500 €); por la MDPL (6.000 €) y por la MDLN (6.000 €). Además del importe por la autorización, se concederán 4.900 € por cada semestre completo desde 1 de junio del año en que se solicitan las ayudas y hasta cumplir los 65.
Criterios de valoración en la concesión de ayudas.
1º Mayor edad del transportista
2º Mayor ámbito de las autorizaciones.
3º En el transporte de mercancías, tendrán preferencia las de vehículo pesado.
Plazo de presentación de solicitudes.
Se solicitarán por escrito, conforme al modelo establecido, en el plazo de 1 mes a contar a partir del día siguiente al de la correspondiente convocatoria por el Director General de Transportes por Carretera en el Boletín Oficial del Estado.