RESTRICCIONES DE CIRCULACIÓN DE TRAFICO PARA EL AÑO 2004 EN EL ESTADO ESPAÑOL

En el B.O.E de fecha 12 de marzo de 2004 ha sido publicada la Resolución de fecha 5 de marzo de 2004 de la Dirección General de Tráfico para la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2004 (el texto completo podrá ser consultado en la página de Internet de la Dirección General de Tráfico www.dgt.es).

Restricciones Genéricas: vehículos de más de 7500 kg de MMA y conjuntos de vehículos de cualquier MMA. (salvo transporte de ganado vivo y leche cruda).
1. Los domingos y festivos desde el 19 de marzo hasta el 12 de octubre en la N-323 desde Salobreña (p.k. 190) a Izbor (p.k. 168), sentido Bailén, desde las 17.00 h. hasta las 24.00 h.
2. Todos los domingos y festivos comprendidos entre el 1 de junio y el 12 de octubre en las siguientes vías y horarios:
• Entrada a Madrid hasta la M-40 desde las carreteras A-6 (Villacastín), A-I (Venturada), A-II (Almadrones), A-III (Honrubia), A-V (Maqueda), N-VI (desde Villacastín a Villalba) y M-501 (S. Martín de Valdeiglesias) desde las 21.00 h. hasta las 24.00 h.
• En la A-8 desde Gijón a Avilés, desde Llanes a Villaviciosa, desde Lieres a Paredes, desde Avilés a Luarca y desde Luarca hasta límite con Lugo desde las 18.00 h. hasta las 23.00 h, en ambos sentidos.
• Desde Segovia hasta San Rafael, sentido Madrid, desde las carreteras AP-61 y N-603 desde las 21,00 h hasta las 24,00 h.
• A-66 (Oviedo a Serín), AP-66 (La Magdalena a Campomanes), N-632 (Villaviciosa a Gijón), AS-1 (Mieres a Gijón) y A-67 (Reinosa a Corrales de Buelna) desde las 18.00 h. hasta las 23.00 h. (ambos sentidos).
• N-634 desde Lieres hasta el límite provincias Asturias – Cantabria, en ambos sentidos desde las 18.00 h. hasta las 23.00 h.
• Restricciones horarias desde el enlace con la M-40 en dirección salida – entrada a Madrid desde la A-6, A-1, A-2, A-3 y A-5 los días 18, 19 y 21 de marzo; 7, 8 y 11 de abril; 30 y 31 de julio; 13 y 14 de agosto; 8, 9, 29 y 30 de octubre; 1 de noviembre;1, 3, 4 y 8 de diciembre.
• En la N-135 y N- 138 desde Zubiri hasta la frontera con Francia en ambos sentidos, los días 19 de marzo; 12 de abril; 10, 11, 14, 17, 18, 24, 25 y 31 de julio; 1, 7, 8, 14, 15, 21, 22, 28 y 29 de agosto; 1 de noviembre; 6 y 8 de diciembre desde las 7.00 h. /9.00 h. hasta las 22.00/00.00 h.
• En la AP-61 y N-603 desde Segovia a San Rafael los días 7 de abril y 8 de diciembre desde las 16.00 h. hasta las 24.00 h..
• En la J-500/CR-500 y J-501 desde Andújar hasta Ciudad Real y Santuario Ntra. Sra. De Cabeza, los días 23, 24, 25 y 26 de abril desde 0.00 h/15.00 h. hasta las 24.00 h. en ambos sentidos.
• En la N-121 desde Dancharinea hasta Oronoz-Mugairi, los días 19 de marzo; 8 y 12 de abril; 10, 11, 14, 17, 18, 25 y 31 de julio; 1, 7, 8, 14, 15, 21, 22, 28 y 29 de agosto;1 de noviembre; 6 y 8 de diciembre en ambos sentidos en diversos tramos horarios.
• En la AC-841, AC-543 y CP-0701 desde Santiago hasta Pontevedra, Los Angeles y Portomouro, los días 24 y 25 de julio el sábado desde las 14.00 h. hasta las 24.00 h. en ambos sentidos y domingo desde las 0.00 h. hasta las 24.00 h. en ambos sentidos.
• Domingo 11 de abril, en la A-4 (desde Guarromán a Almuradiel ambos sentidos); A-8 (desde Gijón hasta Avilés, desde Llanes a Villaviciosa, desde Lieres a Paredes y desde Avilés a Luarca en ambos sentidos) desde las 13.00 h/ 18.00 h. hasta las 23.00 h.
• Domingo 2 de mayo, en la A-8 desde Gijón a Avilés, desde Llanes a Villaviciosa, desde Lieres a Paredes, desde Avilés a Luarca y desde Luarca hasta límite con Lugo, en ambos sentidos desde las 18.00 h. hasta las 23.00 h.

Mercancías Peligrosas:

• Los domingos y festivos desde las 8.00 h. hasta las 24.00 h. y las vísperas de festivo, no sábados, desde las 13.00 h. hasta las 24.00 h.
• Día 30 de julio desde las 13.00 h. hasta las 24.00 h. y 31 de julio desde las 8.00 h. hasta las 15.00 h.
• Días 9 de abril, 1 de mayo, 31 de octubre y 5 y 25 de diciembre desde las 8.00 h. hasta las 15.00 h.
• Se prohibirá también la circulación en los itinerarios y horarios señalados con anterioridad para los transportes en general, a todos los vehículos de más de 3500 kg de MMA y conjuntos de vehículos.

Asimismo, el transporte de mercancías peligrosas habrán de realizarse a través de la “Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas (RIMP)”. Cuando el origen o destino se encuentre fuera de la RIMP, los desplazamientos habrán de realizarse por las carreteras convencionales que permitan acceder a la red por la entrada o salida más próxima.

Excepciones: podrán circular, sin necesidad de justificación, los vehículos que transportes gases licuados para uso doméstico o para su distribución y reparto de consumidores; aprovisionamiento de estaciones de servicios; para abastecimiento de transporte ferroviario, buques y aeronaves, así como para calefacciones de uso doméstico y gases necesarios para centros sanitarios o asistencia sanitaria doméstica.

Vehículos Especiales:

• Los sábados y vísperas de festivos desde las 13.00 h. hasta las 10.00 h. del lunes o día siguiente al festivo.
• Día 30 de julio desde las 13.00 h. hasta las 24.00 h. y 31 de julio desde las 8.00 h. hasta las 13.00 h.
• Asimismo, se prohibe la circulación en los itinerarios y horarios señalados con anterioridad para el transporte en general.

Maquinaria de servicios automotriz y grúas de elevación.

• los domingos y festivos desde las 8.00 h. hasta las 24,00 h. y las vísperas, no sábados, de festivos desde las 13,00 h. hasta las 24,00 h. El día 30 de julio desde las 13,00 h. hasta las 24.00 h. y días 31 de julio desde las 8.00 h. hasta las 15.00 h.
• Los días 9 de abril, 1 de mayo, 31 de octubre y 5 y 25 de diciembre desde las 8.00 h. hasta las 15.00 h.
• Asimismo, se prohibe la circulación en los itinerarios y horarios señalados con anterioridad para el transporte en general.

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