Restricciones a la circulación en el País Vasco durante el año 2009. El Gobierno Vasco deja en suspenso las restricciones genéricas en fin de semana de años anteriores.

Con fecha de 29 de diciembre de 2008 ha sido publicada en el BOE la  Resolución del Gobierno Vasco de 16 de diciembre de 2008 por la que se establecen las medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2009 en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Transporte de Mercancías en General en vehículos de más de 7,5 toneladas de MMA.

Restricciones Genéricas.

La Resolución establece en su disposición final segunda la suspensión de las restricciones genéricas existentes en años anteriores, esto es, desde las 22.00 h de los sábados y vísperas de festivo hasta las 22.00 h de los domingos o días festivos, que afectaban a las siguientes vías. en A-8 (entre Erletxe y frontera Francia, sentido Behobia), A-15 (entre límite Navarra y p.k. 155 sentido Andoain), N-1 (entre límite Burgos y límite Treviño, sentido Vitoria; entre límite Treviño y enlace N-622 sentido Vitoria y entre límite Navarra y p.k. 486, sentido Francia), N-1A sentido Francia.

Dicha suspensión se mantendrá hasta que sea dictada sentencia judicial firme sobre la legalidad de dichas restricciones.

Restricciones Específicas.

Desde el 30 de abril al 27 de septiembre, los sábados desde las 9.00 h hasta las 15.00 h en A-8 (entre Malmasín y límite Cantabria, sentido Cantabria), N-634 (entre Erletxe y límite Cantabria, sentido Cantabria, N-1 (entre enlace N-622 y Treviño y entre Treviño y límite Burgos, sentido Burgos). Los domingos y festivos desde las 9.00 h hasta las 15.00 h en esas mismas vías salvo en la N-634, así como desde las 15.00 h hasta 22.00 en esas vías en los tramos A-8 (límite Cantabria a Malmasín, sentido Bilbao), N-1 (límite Burgos a Treviño y Treviño a enlace N-622 sentido Vitoria).

Los días 26 de junio y 4 de diciembre (desde las 15.00 h hasta las 22.00 h) y 27 de junio y 5 de diciembre (desde las 8.00 h hasta las 15.00) en A-8 (entre Malmasín y límite Cantabria) y N-634 (entre Erletxe y límite Cantabria), ambos sentido Cantabria. El 8 de diciembre desde las 15.00 h hasta las 22.00 h en esos mismos tramos de la A-8 (límite Cantabria y Malmasín) y N-634 (límite Cantabria a Erletxe) ambos sentido Bilbao.

Los días 8 y 30 de abril, 24 y 30 de julio, 14 de agosto y 24 y 31 de diciembre desde las 15.00 h hasta las 24.00 h y los días 9 de abril, 1 de mayo, 25 y 31 de julio y 15 de agosto desde las 8.00 h hasta las 15.00 h en A-8 (Malmasín a límite Cantabria, sentido Cantabria), N-634 (Erletxe a límite Cantabria, sentido Cantabria), N-1 (enlace N-622 a Treviño y Treviño a limite Burgos, ambos sentido Burgos), N-240 de Vizcaya al p.k. 43,9 y de Alava a p.k. 22, ambos sentido Vitoria).

Los días 13 de abril, 3 de mayo, 16 y 31 de agosto, 27 de diciembre y 3 de enero de 2010 desde las 15.00 h hasta las 22.00 h en A-8 (límite Cantabria a Malmasín, sentido Bilbao), N-634 (límite Cantabria a Erletxe, sentido Bilbao), N-1 (Treviño a enlace N-622 y límite Burgos a Treviño, ambos sentido Vitoria) y N-240 (del p.k. 43,9 a Vizcaya y del p.k 22 a Alava, ambos sentido Vizcaya.

Exenciones: están exentos de cumplir las anteriores restricciones los siguientes tipos de transporte: mercancías perecederas, animales vivos, instalación de ferias y espectáculos, prensa, venta ambulante, grúas de asistencia en carretera, unidades móviles de medios de comunicación, vehículos en vacío relativos a los anteriores tipos de transporte.

Transporte de mercancías Peligrosas

Se prohíbe la circulación en ambos sentidos en diversos tramos y carreteras (los especificados para mercancías en general) los domingos y festivos en la Comunidad desde las 8.00 h hasta las 24.00 h y las vísperas (no sábados) de festivos desde las 13.00 h hasta las 24.00 h. Asimismo, el día 31 de julio desde las 8.00 h hasta las 24.00 h.

Además, a los vehículos que transporten mercancías peligrosas de más de 7,5 toneladas de MMA se les aplicarán las restricciones establecidas para los transportes de carga general.

Están exentos de dichas restricciones: transportes se gases licuados de uso doméstico a puntos de distribución o consumidores; materias para aprovisionamiento de estaciones de servicio o consumo propio para el aprovisionamiento de vehículos de transporte; gasóleos de calefacción para uso doméstico; gases para Centros Sanitarios o particulares para asistencia domiciliaria; combustibles para puertos y aeropuertos o productos para el funcionamiento de Centros Industriales.

Itinerarios para la circulación: se efectuarán los desplazamientos por la Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas RIMP: A-8 de Behobia a enlace BI-625 y del límite de Cantabria a enlace AP-68; BI-625 de Basauri a Arrigorriaga; AP-68 del límite de La Rioja a la A-8; N-637 de Cruces a Erletxeta; N-634 de Bilbao a enlace A-8 Etxebarri; N-622 de Vitoria a Altube AP-68; AP-1 del límite de Burgos a enlace A-1 en Armiñón; N-1 del límite de Burgos a límite de Treviño, del límite de Treviño al límite de Navarra y del límite de Navarra  al enlace N-IA Lasarte; NI-A de Lasarte al enlace A-8 Aritzeta; A-15 del límite de Navarra Berastegi a Andoain enlace N-1).

Estará prohibido circular por el túnel de Malmasín, salvo las exenciones previstas por el ADR. El tránsito por la N-634 sólo se utilizará para acceder o salir de Bilbao.

Transportes Especiales.

Los transportes que por sus características técnicas o por la mercancía que transportan precisen autorización especial para circular, tienen restringida la circulación los sábados y vísperas de festivos desde las 13.00 h hasta las 24.00 h y los domingos y festivos desde las 0.00 h hasta las 24.00 h. Asimismo, el día 31 de julio desde las 8.00 h.

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